Servicios Expresos
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EMS Nacional e Internacional
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El servicio EMS consiste en el envío de paquetes y documentos
con confianza y seguridad, a un bajo costo en el ámbito nacional e
internacional.
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El servicio se dirige a bancos, empresas financieras,
instituciones del Estado, comercio y público en general, que desee realizar
envíos de una forma rápida y segura.
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Las 122 sucursales en todo el territorio nacional y en las
oficinas del EMS en el Centro
Postal Zapote ofrecen este servicio. También puede hacer la solicitud a
través del Departamento de Servicio al Cliente al teléfono gratuito
800-900-2000. ver
tarifas
*Calcular
Tarifas: EMS Nacional – EMS Internacional
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*El
cálculo de la tarifa es sobre el primer kilo, para pesos superiores agregar
la tarifa del kilo adicional.
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Pesos Máximos
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El máximo por cada envío es de 30 kilogramos.
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Características
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Es un servicio de transporte de paquetería y
documentación con amplia cobertura nacional e internacional.
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Dicha cobertura cuenta con un servicio de
rastreo y seguimiento del
envío, misma que se puede acceder a través de la Página Web de Correos
de Costa Rica S.A. www.correos.go.cr
o llamando al número gratuito 800-900-2000.
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Embalajes para sus envíos de documentos de
forma gratuita.
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Recolección a domicilio. Solicite este
servicio al 2281-02-07 de la
Oficina EMS ubicada en Zapote.
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Distribución a domicilio.
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Identificación por código de barras.
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Pasaportes
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Las personas que tramitan su pasaporte tanto en la Dirección General
de Migración y Extranjería como en el Banco de Costa Rica (BCR) pueden
recibir su documento oficial a través de servicio EMS en la dirección de su
preferencia.
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El tiempo de entrega es de uno
a dos días hábiles posteriores a la entrega del pasaporte por parte de
Migración. La distribución se realiza en todo el territorio nacional.
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Este servicio cuenta con un número de rastreo, que ayudará al cliente
a conocer en que fase del proceso postal se encuentra su identificación. El
número de control es asignado en el
momento de pagar el servicio y este código es exclusivo para este servicio,
por lo que inicia con las letras “MI”,
seguido por nueve números y termina con “CR”, brindándole seguridad al
cliente.
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En el momento de la entrega, el cliente debe presentar su cédula de
identidad o bien, si en el momento del trámite autorizó a otro persona, esta
deberá identificarse con su respectiva cédula.
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Pasos del
servicio
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Solicitar la cita respectiva en la Dirección General
de Migración y Extranjería o en el Banco de Costa Rica.
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Presentarse a la institución en la fecha
acordada.
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Presentar cédula, pasaporte (anterior, si es el
caso).
·
Cancelar monto por trámite.
·
Indicar que desea recibir su pasaporte a través
del EMS de Correos de Costa Rica, cancelando el monto de ¢2.600.
·
Indicar la dirección donde sea recibir su
documento.
·
Presentar su cédula de identidad en el momento de
la entrega del pasaporte
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Cédulas de Residencia
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- Recepción de Documentos para Trámites de
Cédulas de Residencia
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Correos de Costa Rica S.A. y la Dirección General
de Migración y Extranjería le
facilitan el proceso de solicitud de las cédulas de residencia.
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En las sucursales de Correos de Costa Rica S.A. de Hatillo,
Correo Central, Curridabat, Desamparados, Alajuelita, Y Griega,
Guápiles, Liberia, Tibás, Puntarenas, Tres Ríos y Pavas se encuentra a
su disposición el servicio de
“Recepción de Documentos para Trámites de Cédulas de Residencia” de
las categorías de trabajadores de ocupación específica (servidoras
domésticas) y residencia con vínculo con un costarricense o residente en
primer grado de consaguinidad, ya sea padres, hijos o conyugue.
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Algunas de las características de este
servicio es que el trámite debe realizarse por primera vez, presentar los
requisitos completos y efectuarse personalmente. El costo de cada trámite será de ¢3.000.
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Correos de Costa Rica constatará que todos
los documentos cumplan con los requisitos y enviará mediante la plataforma EMS,
el expediente con todos los documentos a la Dirección de
Migración, para que esta entidad proceda a analizar los mismos y en el
trascurso de 90 días naturales, dar una
respuesta al cliente si otorga o no la residencia.
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Para tal efecto, se le brindará una copia
al cliente de la plantilla con la información de los documentos
recibidos y en la misma se indicará el número de guía EMS, que le
servirá al cliente para digitarlo posterior a los 60 días naturales en las
páginas de Migración por medio de un link donde se le indicará el número de
expediente asignado, el cual será el número de referencia para conocer el
estatus de su trámite mediante las páginas http://www.gobiernofacil.go.cr/Migracion/,
www.migracion.go.cr/servicioenlinea
o vía teléfono 900-1234567.
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- Entrega de Cédulas de Residencia
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Las personas que tramitan su cédula de residencia en la Dirección General
de Migración y Extranjería podrán recibir su cédula de residencia en
cualquiera de las sucursales de Correos de Costa Rica. No se realiza
distribución a domicilio.
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Los extranjeros en nuestro país que opten por el servicio EMS cuando
realicen su trámite en Migración podrán evitar desplazarse nuevamente a San
José por su respectivo documento, ahorrando dinero y tiempo.
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El costo del servicio es de tan solo ¢2.600 y la cédula será entregada
en la sucursal de Correos indicada, donde el cliente deberá presentarse con
su documento de identificación y de trámite, donde firmará como recibida.
Este trámite es completamente personal y su plazo de entrega es de
aproximadamente de 22 días.
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Pasos
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Realizar el trámite correspondiente a la solicitud Residencia
en la
Dirección General de Migración y Extranjería.
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Posteriormente, debe presentarse antes de los
ocho días hábiles en cualquier sucursal de Correos de Costa Rica con una
copia del comprobante para entrega de Migración, para realizar la solicitud
de envío de su cédula a la sucursal, donde desea recibir su documento.
·
Cancelar monto por trámite
·
Llenar la guía EMS, documento oficial de Correos de Costa
Rica para entrega posterior.
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Presentarse en la sucursal de Correos, que se
indicó previamente, a retirar su cédula, este trámite es personal y debe
presentar documento de identificación y comprobante de entrega.
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Firmar comprobante de entrega.
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Notificaciones
Judiciales
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A partir del 2 de
marzo entró en vigencia la Ley
8687 de Notificaciones Judiciales, cuyo objetivo es agilizar los trámites
judiciales en los diferentes Estrados de la Corte Suprema de Justicia, y
será aplicable a los procedimientos del Estado y sus instituciones, regulados
por la Ley General
de la
Administración Pública.
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El nuevo servicio
de Notificaciones Judiciales de Correos de Costa Rica nace al amparo de esta
ley, como una alternativa novedosa
para realizar las notificaciones judiciales personales, por lo que los
Bufetes, Notarios y Abogados contarán con un trámite de comunicación ágil,
segura y responsable.
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La Ley a su vez, le da a nuestros colaboradores
fe pública mediante su Artículo 26:
Habilitación del funcionario de la oficina de correos: “Al funcionario de la
oficina de correos que practique la notificación se le aplican los derechos
y deberes de todo notificador
judicial”.
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El servicio de
notificación judicial cuenta con el soporte de la plataforma EMS en todo el
territorio nacional y dispone de sucursales distribuidas en todo el
territorio nacional para realizar el trámite.
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El servicio ha
sido identificado con un sello especial que certifica que los documentos
confrontados son fieles y exactos. También, cada sobre llevará un sticker para respectiva identificación, todo esto con el
objetivo de coadyuvar con la
Corte Suprema de Justicia y el Poder Judicial a realizar
los trámites de notificaciones personales con agilidad, seguridad y
comunicación oportuna a los interesados en un proceso judicial.
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Las personas que requieren de este servicio deberán de
seguir un sencillo trámite que inicia indicándole al Estrado Judicial donde
se tramita la causa que la primera notificación personal la realizara por
Correos de Costa Rica, al presentarse en la sucursal de su preferencia con
las dos actas de notificación judicial confeccionadas por el Despacho
Judicial correspondiente, las cuales son confrontadas y se certificarán como
fieles y exactas.
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Luego, el cliente
deberá de llenar la
guía EMS con base en la información y datos indicados en el
acta de notificación judicial, además, de ser posible de debe indicar
provincia, cantón y distrito (Código Postal).
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El funcionario de
nuestra empresa que fungirá como notificador realizará una sola visita a la
dirección consignada, reservándose el derecho de ingreso en aquellas zonas de
alto riesgo. En caso de no efectuarse la notificación judicial, se abrirá el
sobre y se llenará el acta respectiva consignando los requisitos implícitos
en ella, siendo devuelta al despacho judicial donde se tramita la causa.
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La empresa
estableció para este servicio un tiempo mínimo de entrega de un día en el
Área Metropolitana mientras de un máximo de cinco días para áreas rurales. La
devolución de los documentos a los despachos judiciales se realizaran
conforme los plazos establecidos en la Ley.
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