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Servicios Expresos

 

 

EMS Nacional e Internacional

 

El servicio EMS consiste en el envío de paquetes y documentos con confianza y seguridad, a un bajo costo en el ámbito nacional e internacional.

 

El servicio se dirige a bancos, empresas financieras, instituciones del Estado, comercio y público en general, que desee realizar envíos de una forma rápida y segura.

 

Las 122 sucursales en todo el territorio nacional y en las oficinas del EMS en el Centro Postal Zapote ofrecen este servicio. También puede hacer la solicitud a través del Departamento de Servicio al Cliente al teléfono gratuito 800-900-2000. ver tarifas

*Calcular Tarifas: EMS Nacional – EMS Internacional

*El cálculo de la tarifa es sobre el primer kilo, para pesos superiores agregar la tarifa del kilo adicional.

 

Pesos Máximos

 

El máximo por cada envío es de 30 kilogramos.

 

Características

 

·   Es un servicio de transporte de paquetería y documentación con amplia cobertura nacional e internacional.

 

·   Dicha cobertura cuenta con un servicio de rastreo y seguimiento del envío, misma que se puede acceder a través de la Página Web de Correos de Costa Rica S.A. www.correos.go.cr o llamando al número gratuito 800-900-2000.

 

·   Embalajes para sus envíos de documentos de forma gratuita.

 

·   Recolección a domicilio. Solicite este servicio al 2281-02-07 de la Oficina EMS ubicada en Zapote.

 

·   Distribución a domicilio.

 

·   Identificación por código de barras. 

 

Pasaportes

 

Las personas que tramitan su pasaporte tanto en la Dirección General de Migración y Extranjería como en el Banco de Costa Rica (BCR) pueden recibir su documento oficial a través de servicio EMS en la dirección de su preferencia.

 

El tiempo de entrega  es de uno a dos días hábiles posteriores a la entrega del pasaporte por parte de Migración. La distribución se realiza en todo el territorio nacional.

 

Este servicio cuenta con un número de rastreo, que ayudará al cliente a conocer en que fase del proceso postal se encuentra su identificación. El número de control  es asignado en el momento de pagar el servicio y este código es exclusivo para este servicio, por lo que  inicia con las letras “MI”, seguido por nueve números y termina con “CR”, brindándole seguridad al cliente. 

 

En el momento de la entrega, el cliente debe presentar su cédula de identidad o bien, si en el momento del trámite autorizó a otro persona, esta deberá identificarse con su respectiva cédula.

 

Pasos del servicio

 

·          Solicitar la cita respectiva en la Dirección General de Migración y Extranjería o en el Banco de Costa Rica.

·          Presentarse a la institución en la fecha acordada.

·          Presentar cédula, pasaporte (anterior, si es el caso).

·          Cancelar monto por trámite.

·          Indicar que desea recibir su pasaporte a través del EMS de Correos de Costa Rica, cancelando el monto de ¢2.600.

·          Indicar la dirección donde sea recibir su documento.

·          Presentar su cédula de identidad en el momento de la entrega del pasaporte

 

Cédulas de Residencia

 

  • Recepción de Documentos para Trámites de Cédulas de Residencia

 

Correos de Costa Rica S.A. y la Dirección General de Migración y Extranjería le  facilitan el proceso de solicitud de las cédulas de residencia.

 

En las sucursales de Correos de Costa Rica S.A. de Hatillo,  Correo Central, Curridabat, Desamparados,  Alajuelita, Y Griega, Guápiles, Liberia, Tibás, Puntarenas, Tres Ríos y  Pavas se encuentra a su disposición el servicio de  “Recepción de Documentos para Trámites de Cédulas de Residencia” de las categorías de trabajadores de ocupación específica (servidoras domésticas) y residencia con vínculo con un costarricense o residente en primer grado de consaguinidad, ya sea padres, hijos o conyugue.

 

Algunas de las características de este servicio es que el trámite debe realizarse por primera vez, presentar los requisitos completos y efectuarse personalmente.  El costo de cada trámite será de ¢3.000.

 

Correos de Costa Rica constatará que todos los documentos cumplan con los requisitos y enviará mediante la plataforma EMS, el expediente con todos los documentos a la Dirección de Migración,  para que esta entidad proceda a analizar los mismos y en el trascurso de 90 días naturales, dar una  respuesta al cliente si otorga o no la residencia.

 

Para tal efecto, se le brindará una copia al cliente de la plantilla con la información de  los documentos recibidos  y en la misma se indicará el número de guía EMS, que le servirá al cliente para digitarlo posterior a los 60 días naturales en las páginas de Migración por medio de un link donde se le indicará el número de expediente asignado, el cual será el número de referencia para conocer el estatus de su trámite mediante las páginas http://www.gobiernofacil.go.cr/Migracion/, www.migracion.go.cr/servicioenlinea  o vía teléfono 900-1234567.

 

  • Entrega de Cédulas de Residencia

 

Las personas que tramitan su cédula de residencia en la Dirección General de Migración y Extranjería podrán recibir su cédula de residencia en cualquiera de las sucursales de Correos de Costa Rica. No se realiza distribución a domicilio.

 

Los extranjeros en nuestro país que opten por el servicio EMS cuando realicen su trámite en Migración podrán evitar desplazarse nuevamente a San José por su respectivo documento, ahorrando dinero y tiempo.

 

El costo del servicio es de tan solo ¢2.600 y la cédula será entregada en la sucursal de Correos indicada, donde el cliente deberá presentarse con su documento de identificación y de trámite, donde firmará como recibida. Este trámite es completamente personal y su plazo de entrega es de aproximadamente de 22 días.

 

Pasos

 

·          Realizar el trámite correspondiente a la solicitud Residencia en la Dirección General de Migración y Extranjería.

·          Posteriormente, debe presentarse antes de los ocho días hábiles en cualquier sucursal de Correos de Costa Rica con una copia del comprobante para entrega de Migración, para realizar la solicitud de envío de su cédula a la sucursal, donde desea recibir su documento.

·          Cancelar monto por trámite

·          Llenar la guía EMS, documento oficial de Correos de Costa Rica para entrega posterior.

·          Presentarse en la sucursal de Correos, que se indicó previamente, a retirar su cédula, este trámite es personal y debe presentar documento de identificación y comprobante de entrega.

·          Firmar comprobante de entrega.

 

Notificaciones Judiciales

 

A partir del 2 de marzo entró en vigencia la Ley 8687 de Notificaciones Judiciales, cuyo objetivo es agilizar los trámites judiciales en los diferentes Estrados de la Corte Suprema de Justicia, y será aplicable a los procedimientos del Estado y sus instituciones, regulados por la Ley General de la Administración Pública.

 

El nuevo servicio de Notificaciones Judiciales de Correos de Costa Rica nace al amparo de esta ley,  como una alternativa novedosa para realizar las notificaciones judiciales personales, por lo que los Bufetes, Notarios y Abogados contarán con un trámite de comunicación ágil, segura y responsable.

 

La Ley a su vez, le da a nuestros colaboradores fe pública mediante su Artículo 26: Habilitación del funcionario de la oficina de correos: “Al funcionario de la oficina de correos que practique la notificación se le aplican los derechos y  deberes de todo notificador judicial”.

 

El servicio de notificación judicial cuenta con el soporte de la plataforma EMS en todo el territorio nacional y dispone de sucursales distribuidas en todo el territorio nacional para realizar el trámite.

 

El servicio ha sido identificado con un sello especial que certifica que los documentos confrontados son fieles y exactos. También, cada sobre llevará un sticker para respectiva identificación, todo esto con el objetivo de coadyuvar con la Corte Suprema de Justicia y el Poder Judicial a realizar los trámites de notificaciones personales con agilidad, seguridad y comunicación oportuna a los interesados en un proceso judicial.

 

Las personas  que requieren de este servicio deberán de seguir un sencillo trámite que inicia indicándole al Estrado Judicial donde se tramita la causa que la primera notificación personal la realizara por Correos de Costa Rica, al presentarse en la sucursal de su preferencia con las dos actas de notificación judicial confeccionadas por el Despacho Judicial correspondiente, las cuales son confrontadas y se certificarán como fieles y exactas.

 

Luego, el cliente deberá de llenar la guía EMS con base en la información y datos indicados en el acta de notificación judicial, además, de ser posible de debe indicar provincia, cantón y distrito (Código Postal).

 

El funcionario de nuestra empresa que fungirá como notificador realizará una sola visita a la dirección consignada, reservándose el derecho de ingreso en aquellas zonas de alto riesgo. En caso de no efectuarse la notificación judicial, se abrirá el sobre y se llenará el acta respectiva consignando los requisitos implícitos en ella, siendo devuelta al despacho judicial donde se tramita la causa.

 

La empresa estableció para este servicio un tiempo mínimo de entrega de un día en el Área Metropolitana mientras de un máximo de cinco días para áreas rurales. La devolución de los documentos a los despachos judiciales se realizaran conforme los plazos establecidos en la Ley.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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